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Aspirantes que inicien campaña antes de tiempo no podrán oficializar candidaturas, según Ley 33-18


Sede de la Junta Central Electoral.archivo

Por Alfonso Alvarez, www.laspalomastv.com

SANTO DOMINGO, RD. - 02 de febrero del 2025

La Junta Central Electoral (JCE) ha emitido advertencias a los partidos mayoritarios del sistema político dominicano por supuestamente incumplir los plazos establecidos para la precampaña y campaña electoral. En los últimos días, tanto el Partido Revolucionario Moderno (PRM) como el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) han sido objeto de señalamientos por iniciar actividades proselitistas antes de lo permitido, lo que podría generar sanciones conforme a la Ley 33-18.

De acuerdo con el artículo 78 de esta ley, los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. La JCE es la responsable de hacer cumplir esta disposición, advirtiendo que los que no respeten los plazos establecidos estarán sujetos a castigos.

El artículo 40 de la Ley 33-18 establece que la precampaña electoral debe iniciarse el primer domingo de julio de 2027, y finalizar con la selección de los candidatos que representarán a los partidos en las elecciones municipales, congresuales y presidenciales de 2028. Durante este período, los partidos y movimientos políticos realizan actividades internas para definir sus candidatos.

Además, el artículo 308 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral impone sanciones administrativas de entre uno y 200 salarios mínimos a las entidades políticas, precandidatos, jefes de campaña y cualquier otro responsable que organice manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña, tal como lo proclama la JCE.

Aunque la legislación permite sancionar las violaciones, en los últimos años no se han registrado casos de decisiones de sanción contra entidades o actores políticos.

¿Quién es el juez?

La Ley 33-18 establece que el Tribunal Superior Electoral (TSE) es el órgano competente para juzgar las infracciones tipificadas. El juicio se iniciará por algún procedimiento de la JCE o por apoderamiento de la parte interesada. En estos casos, la JCE actuará como parte querellante, siguiendo el proceso legal.

magen publicada en las redes sociales de una valla de respaldo a Carolina MejíaFuente externa

Aspirantes presidenciales:

En cuanto a las posibles candidaturas presidenciales para las elecciones de 2028, se han hecho públicas algunas figuras que han mostrado sus aspiraciones dentro de los partidos mayoritarios. En el PRM, se destacan los nombres de Eduardo Lovatón, Wellington Arnau, David Collado y Carolina Mejía, quienes han sido mencionados como posibles competidores para la candidatura presidencial. En el PLD, los nombres de Francisco Javier García, Domínguez Brito, Abel Martínez y Margarita Cedeño también han sido mencionados en los últimos días.

En la Fuerza del Pueblo (FP), las opciones parecen más limitadas, con Leonel Fernández y Omar Fernández como los dos principales aspirantes presidenciales.

Comentarios:

La discusión sobre el inicio de la campaña y las precampañas está generando tensiones dentro de los partidos, con muchos observadores atentos a las decisiones de la JCE y al cumplimiento de los plazos establecidos por la ley.

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