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"El TC no creó las candidaturas independientes": Estévez Lavandier expone sentencias relevantes

 


Napoleón Estévez Lavandier en audiencia solemne de rendición de cuentas, acompañado de la vicepresidenta Raquel Peña.Jorge Martínez

Por Alfonso Alvarez, www.laspalomastv.com

Santo Domingo, RD. 23 de enero del 2025

En el marco del décimo tercer aniversario del Tribunal Constitucional (TC), el juez presidente Napoleón Estévez Lavandier destacó las decisiones emitidas por la alta corte durante el año 2024, las cuales establecieron nuevos precedentes jurídicos y provocaron significativos debates constitucionales. Entre estas, subrayó la sentencia TC/0788/24, que reajustó disposiciones de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.

Estévez Lavandier señaló que "el TC no creó la figura de las candidaturas independientes, sino que ajustó la redacción del texto legal impugnado al principio de razonabilidad", aclarando así una decisión que ha sido ampliamente debatida.

Cifra récord de sentencias en 2024

En su discurso de rendición de cuentas, pronunciado durante una audiencia solemne en presencia de la vicepresidenta Raquel Peña, Estévez Lavandier reveló que el TC emitió un récord de 1,251 sentencias en 2024. Entre estas se incluyen fallos emblemáticos que marcaron cambios en criterios jurídicos preexistentes.

Entre las sentencias más destacadas se encuentran:

  • TC/0164/24: Determinó que corresponde al Tribunal Superior Administrativo, y no al Tribunal Superior Electoral, conocer acciones de amparo relacionadas con gremios profesionales.

  • TC/0454/24: Reconoció la posibilidad de revisar decisiones en materia de referimiento, cambiando el criterio asumido desde 2016.

  • TC/0964/24: Estableció que los conflictos entre la CAASD y sus empleados deben ser ventilados en la jurisdicción contencioso-administrativa, no en la laboral.

Cambios de precedentes jurídicos

El presidente del TC también mencionó la sentencia TC/0487/24, que redefinió el alcance de la acción directa de inconstitucionalidad al indicar que no procede contra omisiones legislativas absolutas. Asimismo, la decisión TC/0723/24 limitó las facultades sancionadoras de Pro-Consumidor y exhortó al Congreso Nacional a revisar el marco legal de la Ley 358-05.

En materia penal, la sentencia TC/0722/24 fue calificada de "importantísima" al reafirmar la competencia del TC para conocer recursos de revisión constitucional en casos de habeas corpus. Además, la TC/0765/24 declaró la inconstitucionalidad diferida de la Ley 10-15 por inconsistencias en su aprobación legislativa.

Democracia en evolución

Estévez Lavandier concluyó su discurso destacando que "estas sentencias han generado interesantísimos debates jurídico-constitucionales, demostrando así que nuestra democracia evoluciona". La audiencia también sirvió para reafirmar el compromiso del TC con la protección de los derechos fundamentales y el fortalecimiento del estado de derecho en la República Dominicana.

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