Por Alfonso Alvarez, www.laspalomastv.com
24 de abril del 2024.
Según la resolución, podrán votar aquellos que estén en calidad de preventivos, siguiendo una decisión emitida por un juez de la instrucción. También podrán ejercer su voto los reclusos condenados por sentencia definitiva a pena criminal, siempre que esta sentencia no haya dispuesto la pérdida o suspensión de sus derechos políticos, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y la ley.
Es importante destacar que aquellos ciudadanos que tengan una sentencia de condena pero que aún esté en proceso de apelación, así como aquellos que no hayan perdido sus derechos políticos según la ley, también podrán votar.
Para ejercer el voto, los internos deben poseer la nueva cédula de identidad y electoral, ya sea en su posesión o en la de los administradores de los recintos carcelarios, y deben figurar en las listas suministradas por la Procuraduría General de la República.
Los centros penitenciarios donde se llevará a cabo este proceso incluyen los Centros de Corrección y Rehabilitación Najayo y Rafey, tanto para hombres como para mujeres, el CCR San Pedro de Macorís, La Isleta en Moca, CCR Monte Plata, Cucuma en La Romana, El Pinito en La Vega, Vista al Valle en San Francisco de Macorís, así como otros centros en Mao, Dajabón, Salcedo, Elías Piña, Nagua, Azua, y Baní (Mujeres).